El
Convenio 189 ofrece protección específica a las trabajadoras y los trabajadores
domésticos. Establece los derechos y principios básicos, y exige a los Estados
tomar una serie de medidas con el fin de lograr que el trabajo digno sea una
realidad para trabajadoras y trabajadores domésticos.
¿Quién
está cubierto por el Convenio 189?
El
Convenio 189 define trabajo doméstico como “el trabajo realizado para o dentro
de un hogar o varios hogares”. Este trabajo puede incluir tareas como limpiar
la casa, cocinar, lavar y planchar la ropa, el cuidado de los niños, ancianos o
enfermos de una familia, jardinería, vigilancia de la casa, desempeñarse como
chofer de la familia, e incluso cuidando los animales domésticos.
- · Condiciones de vida digna que
respeten la privacidad de las trabajadoras y los trabajadores (Artículo 6).
- · Libertad para llegar a un acuerdo
con sus empleadores actuales o potenciales sobre si residir o no en el hogar
(Artículo 9).
- · No hay obligación de permanecer en
el hogar o con sus miembros durante los períodos de descanso o permiso
(Artículo 9).
- · Derecho a mantener sus documentos
de identidad y de viaje en su posesión (Artículo 9).
- · Reglamento de horas con disponibilidad inmediata (Artículo 10).
Las
normas relativas a trabajadoras y trabajadores domésticos migrantes
- Un contrato por escrito que es válido en el país de empleo, o una oferta de trabajo escrita, antes de viajar al país de empleo (Artículo 8).
- ·Aclarar las condiciones bajo las
cuales las trabajadoras y los trabajadores domésticos tienen derecho a la
repatriación al final de su empleo (Artículo 8)
- ·Protección de las trabajadoras y
los trabajadores domésticos de las prácticas abusivas de las agencias privadas
de empleo (Artículo 15).
- ·Cooperación entre países de origen y destino para asegurar la aplicación efectiva de las disposiciones del Convenio a trabajadoras y trabajadores domésticos migrantes (Artículo 8).
Bibliografía
Texto completo del Convenio 189:
http://www.ilo.org/ilolex/english/convdisp1.htm
Texto
completo de la Recomendación 201:
http://www.ilo.org/ilolex/english/recdisp1.htm
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